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Revista abril - 2009
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LEYES
José Fernández del Moral
La utilidad del Catastro
Este organismo tiene la base de datos más completa que existe en nuestro paÃs sobre fincas rústicas y urbanas de todo el territorio español. Conviene tener unas cuantas ideas claras acerca de él, ya que he observado que a veces se confunden determinados conceptos. Para comenzar a situarnos es preciso saber que el Catastro es un órgano del Ministerio de EconomÃa y Hacienda. Eso tiene dos consecuencias fundamentales. La primera es que todo dato que tiene el Catastro lo tiene Hacienda; y la segunda es que su información tiene poca importancia en relación a probar la propiedad de las fincas. Una cosa es tener las escrituras de propiedad de una finca y su inscripción en el correspondiente Registro de la Propiedad, y otra muy distinta que en los archivos de Hacienda aparezcamos o no como propietarios. Por tanto, ser titulares de algo en el Catastro puede ser un indicio de propiedad, pero poco más. Pensemos que es el propio Catastro el que va recopilando, ordenando y actualizando los datos relativos a las fincas, aunque a nosotros en la práctica nos lleguen por medio de otros organismos mucho más cercanos, como son los ayuntamientos. En efecto, los datos catastrales de nuestras propiedades inmuebles generalmente los conocemos por medio del recibo anual del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que nos cobra nuestro municipio. Pero no nos equivoquemos: si queremos corregir algún error que haya en dicho recibo (titularidad, superficie, valor, etc.), no deberemos dirigirnos al Ayuntamiento, sino al propio Catastro, ya que los municipios únicamente nos giran el recibo del IBI con los datos que suministra el Catastro. Cualquier modificación o rectificación nos la deberá solucionar éste último. También es útil conocer que los planos del Catastro tradicionalmente han sido realizados con las informaciones de que se disponÃa que, muy a menudo, eran poco fiables. Ello conlleva que haya muchÃsimos errores. Y ese organismo va poco a poco corrigiéndolos a medida que los particulares se los van haciendo notar. Actualmente para hacer tales correcciones, el Catastro exige que se justifiquen documentalmente. Por eso cada vez los datos del Catastro se van acercando más a la realidad y su relevancia es mayor. Piénsese que el valor catastral señalado para las fincas es un dato que influye en numerosos impuestos.
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