Estimados clientes.
Desde abril de 2024, la revista Ciudad Nueva se ha fusionado con la revista Ciutat Nova, dando lugar a la revista
LAR
Esta página sigue activa para acceder a todos los números de la revista Ciudad Nueva.
Editorial Ciudad Nueva
Cerrar
QUIÉNES SOMOS
REVISTERO DIGITAL
SECCIONES
Ciudad menuda
Código 20
Correspondencia
Cultura de la Unidad
Editorial
Escaparate
Hablando de
La entrevista
Mirador
Palabra y vida
Sumario
ASTROLABIO
MULTIMEDIA
LIBROS
BUSCAR
Buscar
¡¡La búsqueda no ha producido resultados!!
LOGIN
¿Ha olvidado su contraseña?
REGÍSTRESE
Introduzca su email y recibirá un mensaje de recuperación de su contraseña
Email
 
Revista febrero - 2008
>
Hablando de
> LEYES
LEYES
José Fernández del Moral
Seguros de vida “desconocidosâ€
Hemos comenzado el año con unas nuevas ventajas para que determinados jóvenes puedan emanciparse alquilando una vivienda que sea su domicilio habitual y permanente. Son, y quizás lo sean más, unas medidas polémicas, porque cada uno de nosotros tendremos una opinión sobre la motivación polÃtica que las ha originado, la oportunidad y la conveniencia de las mismas, sobre el tiempo que podrán seguir vigentes, sobre los eventuales efectos no deseados que produzcan e, incluso, sobre las posibilidades de que abran la puerta a la tradicional picaresca, cuestión que, dada la redacción de la Ley, sospecho pueda ser importante. Sobre estos temas habrÃa mucho que hablar. Lo cierto es que, independientemente de lo que opinemos al respecto, son unas ayudas que se pueden solicitar y, puesto que están en vigor, a mucha gente le vendrá bien conocerlas y acceder a ellas. Conviene saber que si usted, o alguien conocido, tiene intención de vivir en una vivienda alquilada o ya lo está haciendo, si es un joven comunitario o extracomunitario con residencia legal y permanente en España, de entre 22 y 30 años de edad, y si dispone de una fuente regular de ingresos que le reporta unas ganancias anuales brutas inferiores a 22.000 euros, siga leyendo esta página porque posiblemente le convenga. Esas circunstancias son los fundamentales requisitos que establece el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre (publicado en el BOE del 7/11/2007), para concederle las siguientes ayudas: • Una cantidad mensual de 210 euros para el pago de los gastos relacionados con el alquiler de su vivienda habitual, hasta un máximo de cuatro años desde que se le concede la ayuda o hasta el año en que el beneficiario cumpla los 30 años, si llega a esa edad antes de que pase el plazo máximo de cuatro anualidades.
Leer más
Para acceder al artículo completo
debe identificarse con su usuario y contraseña.
Para suscribirse o registrarse elija una de las siguientes opciones
Suscríbase a la revista
Regístrese en la editorial
Acceso limitado a la revista.
Soy suscriptor no registrado en la web
Obtenga usuario y contraseña para acceso a la revista online.
Soy suscriptor y estoy registrado pero no puedo ver la revista digital
Activar usuario y contraseña para acceso a la revista online.
Política protección de datos
Aviso legal
Mapa de la Web
Política de cookies
@2016 Editorial Ciudad Nueva. Todos los derechos reservados
CONTACTO
DÓNDE ESTAMOS
OTRAS REVISTAS
Ciutat Nuova