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Testamento y seguro de vida

José Fdez. del Moral

Hace poco un amigo sevillano me contaba un problema que se le presentaba con un seguro que había contratado hace tiempo.
Hace poco un amigo sevillano me contaba un problema que se le presentaba con un seguro que había contratado hace tiempo. En esa conversación me explicó que, desde hace muchos años, él había decidido tener testamento hecho y un buen seguro de vida contratado. Cuando me paré a pensarlo, me parecieron dos medidas muy inteligentes. Pues bien, esa sabiduría popular de mi amigo es el origen de las recomendaciones que, en esta ocasión, me permito darles. Otorgar testamento es verdaderamente sencillo, económico y muy conveniente para todos, independientemente de nuestra edad y circunstancias. Merece la pena tenerlo hecho aunque nuestro patrimonio sea bastante limitado; y no sólo porque en él podemos expresar concretamente el destino de los bienes que tengamos, sino porque además le facilitamos mucho las cosas a nuestros herederos. Mucha gente cree que si lo que queremos es dejarles nuestros bienes al cónyuge e hijos, un testamento sirve de poco. Pero eso no es correcto. Incluso en los casos más simples, la ausencia de testamento cuando alguien ha fallecido obliga a los herederos a tramitar una declaración de herederos abintestato, que se evitaría si aquel se hubiese redactado. Para hacer testamento podemos acudir a cualquier notario de nuestro país y explicarle lo que queremos. Él nos informará, nos aconsejará y lo redactará para que lo leamos y firmemos. Es un servicio muy económico y permanecerá vigente indefinidamente hasta que lo queramos cambiar. Piensen que las disposiciones del testamento sólo tendrán eficacia cuando fallezcamos y sobre los bienes que sean de nuestra propiedad en el momento de nuestra muerte, no del patrimonio que podamos tener ahora. Por tanto, para redactarlo no tenemos por qué hacer un listado de nuestras posesiones y adjudicarlas en concreto a cada heredero, sino que podemos determinar en abstracto la proporción de nuestros bienes que queremos reciba cada uno de ellos. Un testamento bien hecho evitará problemas futuros entre los herederos y les simplificará los trámites que tengan que hacer una vez fallezcamos. Y en esas situaciones, que ya de por sí no son fáciles, se agradece mucho el encontrarse facilitados los pasos que uno debe dar. La segunda parte del consejo complementa lo anterior. Es muy prudente que todos los que tengan personas que dependan económicamente de ellos, mantengan contratado un buen seguro de vida. Nadie está exento de nada y una muerte repentina puede dejar económicamente desprotegidos a nuestros seres más cercanos. Los gastos de entierro, los impuestos que conlleva una herencia (sucesiones y plusvalía), la pérdida de ingresos familiares que provoca, etc. son circunstancias que, en gran medida, pueden ser solucionadas con la indemnización de un seguro de vida. Informémonos, pues no suelen ser seguros caros. Y si llegamos a mayores sin que se haya utilizado, habremos ganado en tranquilidad en el caso de que nuestra familia lo hubiese necesitado. Y por último, tengamos en cuenta que al contratar el seguro una cuestión importante es determinar las personas que queremos sean los beneficiarios del mismo e ir modificándolos a lo largo de nuestra vida, si así lo deseamos.



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