Reflexiones desde el Derecho sobre la objeción de conciencia.
Corren malos tiempos para las personas con sólidas convicciones éticas. No se trata de una apreciación pesimista dentro del contexto de crisis social que nos rodea, sino de la constatación de un hecho tan real como comprobable: a medida que la sociedad se vuelve más relativista y permisiva, paradójicamente el derecho se vuelve más positivista y formalista, y la rigidez del texto legal se impone con toda la fuerza de la ley (nunca mejor dicho). En este punto no se relativiza nada: el texto positivo se aplica en toda su literalidad, sin dejar resquicio alguno a objeción de ninguna clase, so pena de caer bajo el peso de la coerción legal, con todas sus consecuencias. Aquí sí que se da la tolerancia cero. Los hechos Proviene esta reflexión de una noticia recientemente aparecida en prensa con motivo de la objeción de conciencia de médicos de familia ante el aborto. Los hechos: el Servicio Andaluz de Salud (SAS) exige a los médicos de familia informar y derivar a los pacientes que solicitan la práctica de un aborto. Un grupo de ellos (médicos de familia de Málaga) recurre, pidiendo que se les exima de dicha obligación por motivos de conciencia.